Ética
La Carta de AutonomÃa exige que el Ayuntamiento adopte un Código de Ética. El Consejo adoptó un código en 2021 y lo modificó en 2024.
Código ético
Objetivo . Este Código de Ética refuerza los estándares de conducta ética federales, estatales, locales y profesionales existentes, y los requisitos legales relacionados al exigir capacitación de desarrollo profesional para las personas que actúan en nombre de la Ciudad.
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Capacitación . Los funcionarios electos y designados, los miembros de la junta directiva y los empleados municipales y ciertos proveedores deberán completar horas designadas de capacitación de desarrollo profesional sobre leyes, polÃticas y procedimientos de ética federales, estatales y/o locales (consulte la tabla a continuación). Esta capacitación complementará cualquier capacitación requerida a las personas por las leyes federales, estatales y locales o por asociaciones profesionales.
La capacitación deberá completarse dentro de los noventa (90) días posteriores a la toma de posesión del cargo; o ser contratado, respectivamente. Se alienta al Consejo a participar en el programa de Certificación para Funcionarios Locales del Instituto de la Liga Municipal de Texas (TMLI).
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Poner en pantalla . Los candidatos a juntas y comisiones deben completar y presentar un Formulario de nombramiento de junta 72 horas antes de su nombramiento por parte del Consejo. Este formulario debe presentarse en la Secretaría de la Ciudad.
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Comité . Se establece un Comité Asesor de Ética para asesorar al Consejo sobre ética para las organizaciones públicas. El Comité estará integrado por cinco (5) miembros designados por el Alcalde con el asesoramiento y consentimiento del Concejo. La membresía del comité incluirá un miembro de cada clase individual (ver tabla arriba).
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Revisar . Esta ordenanza será revisada anualmente por el Comité. El Comité informará sus conclusiones y recomendaciones al Consejo para que tome medidas adicionales, si es necesario.
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Penalizaciones . Los funcionarios electos que no cumplan con esta ordenanza recibirán una multa de $75.00. Los funcionarios, empleados o voluntarios designados que no cumplan con esta ordenanza estarán sujetos a medidas disciplinarias. Los miembros del comité podrán ser sujetos a destitución de sus cargos designados. Los contratos de los vendedores pueden ser anulados por el administrador de la ciudad o el consejo.
Leyes de ética
La Ciudad debe cumplir con las leyes estatales (estatutos o códigos), asà como con las leyes locales locales, como la Carta de AutonomÃa Municipal, las Ordenanzas, el Manual del Personal, los Procedimientos de Contabilidad, el Manual de Compras, los Reglamentos Administrativos y los reglamentos departamentales.
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